top of page

Riesgo de inconstitucionalidad y podría afectar las pensiones: Especialistas advierten licitar afiliados antiguos

  • equipo847
  • 17 jul 2024
  • 2 Min. de lectura

Alejandro Charme y Arturo Fernandois señalaron que la implementación de un mecanismo de este tipo podría afectar las pensiones al privilegiar el factor precio por sobre la rentabilidad, al mismo tiempo que infringe el derecho de las personas a elegir quien administra sus fondos.





Con el objetivo de enfrentar la inercia de los afiliados en el sistema de pensiones, que se relaciona con que las personas no se cambian de administradoras afectando así la competencia, el economista Salvador Valdés planteó la idea de licitar el 20% del stock de afiliados antiguos cada dos años. Asimismo, el comité técnico que asesoró a los senadores de la comisión de Trabajo también indicó que esta propuesta podría mejorar la competencia y de esta forma, incidir en una baja en las comisiones que cobran las AFP, ya que el principal atributo diferenciador estaría en el precio de los servicios que cobran estas firmas.

 

Al respecto, diversos expertos en materia previsional han advertido los riesgos que podría tener la implementación de un mecanismo de este tipo. Dos de ellos son Alejandro Charme, profesor de la UDP y ex fiscal de la Superintendencia de Pensiones, y Arturo Fernandois, académico de Derecho de la PUC.

 

En declaraciones a EMOL, Charme comentó que esta propuesta “no solo es peligrosa para las pensiones, sino para el mercado financiero en general. Estás licitando clientes. No conozco nadie que licite clientes. Así como estás licitando a los clientes de AFP, mañana podrían ser perfectamente los de bancos (...) ¿Quién asegura que mañana no me van a empezar a licitar el mercado de clientes de un banco para un producto específico o de una compañía de seguros? Intervienes el libre juego de la oferta y la demanda del mercado”. El abogado también indicó que una licitación de afiliados antiguos no generaría mayor competencia, pues “solo segmenta el mercado en uno por precio y otro por precio, rentabilidad y servicio, restando importancia al objetivo de un sistema de pensiones que es generar ingresos similares a los de la vida activa”.

 

Y en este sentido advirtió que esta idea podría tener un efecto negativo en el monto de las pensiones, pues se tiende a “priorizar el precio por sobre la rentabilidad, se mantendría la inercia de los afiliados. Esto quedó demostrado en la licitación de afiliados nuevos donde el precio bajo y el afiliado sigue indiferente a las variaciones de las comisiones”.

 

Por su parte, Fernandois publicó una columna en El Mercurio en la cual señaló que “en un sistema de capitalización individual en que el trabajador es dueño de sus ahorros previsionales, trasladar al afiliado y sus fondos acumulados sin su permiso previo infringe sus derechos constitucionales a elegir quién administra sus ahorros, así como su propiedad sobre los mismos”. Y agregó: “Esta parte de la reforma -adiciona-, aún con la insuficiente mitigación del derecho a resistirse al traslado por parte del afiliado, es difícilmente conciliable con la Constitución y el ordenamiento jurídico. El plazo para ejercer ese derecho es de 30 días desde la adjudicación en el proyecto, y se amplía indefinidamente a otras fórmulas que se barajan”.

 

 


 

 



 


Komentarze


bottom of page